En Clínica Audiológica Avanzada de Pozuelo queremos ayudarles con esta Guía, donde les mostramos las ayudas y subvenciones para la adquisición de audífonos o aparatos auditivos existentes en la Comunidad Autónoma de Madrid en el año 2023*.

Está dirigida a personas con problemas de audición, que precisan de una solución auditiva para mejorar su calidad de vida.

Este documento ha sido elaborado con la única intención de proporcionar información sobre los servicios y prestaciones económicas que se contemplan en la administración pública para favorecer el bienestar de las personas con discapacidad auditiva.

La información plasmada en este documento menciona los aspectos generales de aquellos temas que consideramos de mayor interés, como son las ayudas económicas para la adquisición de audífonos y/o aparatos auditivos a las se pueden acceder dependiendo del grado de discapacidad auditiva. Siempre focalizado en la Comunidad Autónoma de Madrid.

Esta edición se ha creado a 1 de enero de 2023, basándonos en las actualizaciones proporcionadas por las Comunidades Autónomas, el B.O.E.

Hemos querido recoger todos aquellos servicios, ayudas o prestaciones a los que pueden acceder los ciudadanos con problemas auditivos, con discapacidad y/o en situación de dependencia, con residencia en España.

De igual modo, recomendamos que para conocer totalmente actualizadas las ayudas que se aplican en su lugar de residencia, es conveniente que acuda directamente a su Ayuntamiento o trabajadores sociales de su localidad.

Si desea ampliar la información póngase en contacto con nosotros en el 912.129.122, Email: welcome@clinicaudiologicavanzada.com o desde nuestra web: https://clinicaudiologicavanzada.com/contacto/

En Clínica Audiológica Avanzada nos preocupamos por mejorar la accesibilidad auditiva de personas que lo necesitan para que puedan mejorar su calidad de vida diaria.

 

Ayudas y subvenciones para la compra de audífonos (BOE)

La Orden SCB/45/2019, de 22 de enero, por la que se modifica el anexo VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, se regula el procedimiento de inclusión, alteración y exclusión de la Oferta de productos ortoprotésicos y se determinan los coeficientes de corrección, desarrolla el catálogo común de prestación ortoprotésica suplementaria en lo relativo a los apartados de sillas de ruedas, ortesis y ortoprótesis especiales y en su disposición adicional segunda da un plazo máximo de seis meses desde su entrada en vigor, para que los responsables de la prestación ortoprotésica adapten sus respectivos catálogos a lo dispuesto en el catálogo común establecido en dicha orden.

Un catálogo común de prótesis externas relativa a prótesis distintas a las prótesis de miembros, prótesis auditivas que comprenden los audífonos y los recambios de los componentes externos de los implantes auditivos y otros recambios de componentes externos de implantes quirúrgicos. Esta propuesta determina los tipos de productos incluidos, la complejidad de elaboración, vida media y el importe máximo de financiación de cada tipo de producto. Algunos tipos de productos de prótesis distintas a las prótesis de miembros a medida engloban productos que tienen unas características muy diferentes según la extensión de la lesión del paciente, de modo que no se puede fijar un importe máximo de financiación, por lo que se ha establecido que se financiarán al precio que refleje el establecimiento dispensador en la factura. La propuesta del grupo ha sido valorada por el citado Comité asesor y elevada a la Comisión de prestaciones, aseguramiento y financiación que acordó, con el fin de avanzar en la regulación del catálogo de prótesis externas, proponer su inclusión en la siguiente orden de actualización de cartera que se publicará. A los productos correspondientes a los tipos que comprende el apartado del catálogo común que recoge esta norma les son de aplicación el procedimiento de Oferta y demás aspectos que regula la Orden SCB/45/2019, de 22 de enero.

Asimismo, la citada Comisión acordó aumentar la edad de financiación de los audífonos que actualmente es hasta los dieciséis años, al objeto de que esta prestación llegue a un mayor número de personas, como habían solicitado en diversas ocasiones las asociaciones de pacientes. La Comisión planteó aumentar este límite de edad hasta los veintiséis años, por considerar esta franja de edad como crítica en el desarrollo y evolución de la persona para lograr una mejor inserción, tanto en el ámbito laboral como de estudios, y de esa forma poder mejorar sus perspectivas de futuro, así como facilitar su integración. Para que esta ampliación sea sostenible para el Sistema Nacional de Salud, se acordó que se hiciera de forma gradual, de manera que se financien los audífonos inicialmente hasta los veinte años y se incorpore cada año un tramo de edad mínimo de dos años, hasta alcanzar los veintiséis años. Apartado 7. Grupo 22 06 Prótesis auditivas:

Subgrupo: 22 06 00 Audífonos para pacientes hipoacúsicos, de cero a veintiséis años, afectados de hipoacusia bilateral neurosensorial, transmisiva o mixta, permanente, no susceptible de otros tratamientos, con una pérdida de audición superior a 40 dB en el mejor de los oídos (valor obtenido promediando las frecuencias de 500, 1.000 y 2.000 Hz). Las administraciones sanitarias  competentes vincularán la financiación de los audífonos y de los moldes adaptadores a programas de detección precoz, tratamiento completo y seguimiento de la hipoacusia, así como al estilo de vida de los pacientes:

Se facilitarán los audífonos con telebobina con capacidad de conexión con sistemas de inducción magnética, integrada en los mismos, en caso de que el paciente lo solicite y las características del dispositivo lo permita.

Subgrupo: 22 06 90 Moldes adaptadores y otros componentes de audífonos para pacientes que cumplan los requisitos para recibir audífonos.

Subgrupo: 22 06 99 Recambios de componentes externos de implantes auditivos. El procedimiento de acceso a los recambios que establezca cada administración sanitaria competente incluirá el mecanismo que considere más adecuado para la activación, programación y revisiones que se precisen. La solicitud de inclusión en la Oferta de un producto perteneciente a uno de los tipos de las categorías PAI 010 y PAI 030 requiere que venga acompañada o se disponga ya en la Oferta de sus correspondientes componentes de los tipos pertenecientes a las categorías PAI 020 y PAI 040, respectivamente:

Se facilitarán los procesadores con telebobina con capacidad de conexión con sistemas de inducción magnética, integrada en los mismos, en caso de que el paciente lo solicite y las características del dispositivo lo permita.

 

Comunidad Autónoma de Madrid

Objeto de ayudas en la Comunidad de Madrid:

Las ayudas y subvenciones se conceden a los usuarios para la adquisición de audífonos en Madrid que no estén contemplados en el sistema sanitario. Además, las ayudas también están destinadas para la adquisición de pilas para implante coclear.

En 2023, la Comunidad de Madrid ha abierto el plazo de solicitudes con fecha limite 3 de mayo.

Personas beneficiarias:

Pueden acceder a este tipo de ayudas para comprar audífonos en la Comunidad de Madrid personas con discapacidad sensorial en situación de vulnerabilidad o de dificultad que residan en la comunidad autónoma.

Requisitos:

  • No haber sido beneficiario en los 5 años anteriores al de cada convocatoria, de ayudas de carácter público para la adquisición de audífonos.
  • Ser español u ostentar la condición de ciudadano de un estado miembro de la Unión Europea.
  • Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid, con al menos un año de forma ininterrumpida.
  • Tener reconocido un grado de discapacidad de, al menos, un 33 por ciento.
  • Existir una relación directa entre la ayuda solicitada y la discapacidad reconocida.

Cuantía de las ayudas:

En 2022, se ha destinado una partida de 350.000 euros a esta convocatoria de subvenciones para favorecer la autonomía y accesibilidad de personas con discapacidad.

Cuando el usuario lo que está solicitando es una ayuda o subvención para los costes de un audífono, la cantidad por dispositivo varía en función del equipo.

Documentación necesaria para solicitar ayuda:

Para acceder a las ayudas para comprar audífonos es necesario presentar:

  • Solicitud de inscripción en la página.
  • DNI, NIE o copia del pasaporte. Los ciudadanos europeos deberán además acompañar el pasaporte del Certificado de Registro de Ciudadanos de la Unión Europea.
  • Certificado de empadronamiento colectivo.
  • Presupuesto del coste de la acción para la que se solicita la ayuda.
  • Documento acreditativo del grado total de discapacidad en caso de haber sido emitido por otra Comunidad Autónoma.
  • Copia del documento bancario en el que figure el solicitante.
  • Certificado o informe de personal sanitario o profesional cualificado, que acredite la necesidad de utilizar este tipo de dispositivos.

Dónde presentar la documentación:

En primer lugar, el solicitante debe acceder a la  página  web  de  las  ayudas  y cumplimentar su solicitud. Puede enviar su solicitud a través de internet con el DNI electrónico o con uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

También puede presentarla junto a la documentación requerida en las Oficinas  de asistencia  en  Materia  de  Registro.

Reintegro de Gastos por Prestación Ortoprotésica en Madrid

Una vez realizada la compra de la ayuda auditiva, puede solicitar el reintegro de los gastos, siempre y cuando haya sido prescrita por un facultativo de atención especializada del Sistema Nacional de Salud.

Para solicitar el reintegro el usuario no está sujeto a plazos, por lo que podrá solicitar el reintegro en cualquier fecha.

Desde instituciones privadas también se canalizan ayudas de este tipo, aunque la cuantía es más limitada.

La Asociación de Padres de Niños con Problemas de Audición y Lenguaje (ASPANPAL)

Una entidad sin ánimo de lucro, declarada de utilidad pública, que trabaja por la verdadera integración de los niños, niñas y jóvenes sordos, sea cual sea su tipo y grado de pérdida auditiva, el sistema de comunicación elegido por sus padres y situaciones familiares y sociales que rodean a cada uno.

Podrán acceder a la solicitud de ayuda económica para la compra de audífonos. Todos los pacientes hipoacúsicos de 0 a 16 años, afectados de hipoacusia bilateral neurosensorial, transmisiva o mixta, permanente, no susceptible de otros

tratamientos, con una pérdida de audición superior a 40db en el mejor de los oídos.

La cuantía de estas ayudas engloba los 721.21€ por audífono (renovable cada 4 años) y

24.04 € por molde adaptador (renovable cada 2 años).

Para solicitar la ayuda económica se podrá realizar en el centro de Servicios Sociales del domicilio de los solicitantes, en el registro general del IMAS, en los servicios de Atención al Paciente de los Ambulatorios o Centros Hospitalarios y en los Centros de Salud de tu municipio.

Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de España (MUFACE)

Este organismo público provee diferentes prestaciones para dar asistencia técnica a los funcionarios adscritos.

Instituto Social de las Fuerzas Armadas de España (ISFAS)

El Ministerio de Defensa ofrece prestaciones para diferentes ayudas técnicas a quienes desempeñan su trabajo en las Fuerzas Armadas, ya que consideran la hipoacusia una condición ligada directamente a su trabajo.

Esperamos que te sea de utilidad esta información, y recuerda que podrás ampliarla llamando a nuestros audiólogos en el 912.129.122 o acudiendo a CLÍNICA AUDIOLÓGICA AVANZADA en Calle Sevilla, 3 de Pozuelo de Alarcón (Madrid).